Si estás buscando tarjetas de crédito con ASNEF, lo más probable es que necesites dinero y ningún banco te lo preste. Lo entendemos: es una situación agobiante. Pero antes de contratar una tarjeta revolving con intereses del 25-29 % TAE —que es lo que realmente te van a ofrecer—, necesitas saber qué riesgos tiene y qué alternativas legales existen para salir de ASNEF sin endeudarte más. El artículo 20 de la Ley de Protección de Datos (LOPDGDD) regula tu inclusión en ficheros de morosos, y la Ley de Segunda Oportunidad puede cancelar la deuda que te metió ahí.
Lo esencial
La realidad: Las «tarjetas de crédito para ASNEF» que se anuncian en internet son, en su mayoría, tarjetas prepago (no dan crédito) o tarjetas revolving con intereses abusivos.
El riesgo: Contratar más deuda estando en ASNEF agrava el sobreendeudamiento. El Tribunal Supremo ya ha declarado usurarias tarjetas revolving con TAE superior al 24 %.
La ley: Los datos en ASNEF se eliminan automáticamente a los 5 años, o antes si la deuda se paga o se cancela legalmente (art. 20.4 LOPDGDD).
La salida: La Ley de Segunda Oportunidad puede cancelar la deuda original, lo que obliga a eliminarte de ASNEF.
¿Qué es ASNEF y por qué estás en el fichero?
ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) es el fichero de morosos más utilizado en España. Bancos, financieras, telecos y empresas de suministros consultan este fichero antes de concederte cualquier tipo de crédito.
Para que una empresa pueda incluirte en ASNEF, el artículo 20 de la LOPDGDD exige que se cumplan todos estos requisitos:
Requisitos legales para incluirte en ASNEF (art. 20 LOPDGDD)
1. Que exista una deuda cierta, vencida, exigible y no reclamada judicialmente.
2. Que la deuda supere los 50 €.
3. Que te hayan enviado un requerimiento previo de pago informándote de que serás incluido si no pagas.
4. Que no haya transcurrido más de 5 años desde el vencimiento de la deuda.
5. Que el acreedor conserve documentación acreditativa de estos requisitos.
Si falta alguno de estos requisitos —especialmente el requerimiento previo—, la inclusión puede ser indebida y tienes derecho a reclamar su eliminación e incluso una indemnización. Más adelante te explicamos cómo.
¿Se pueden conseguir tarjetas de crédito estando en ASNEF?
La respuesta corta: depende de qué entiendas por «tarjeta de crédito». Lo que encontrarás en internet al buscar tarjetas de crédito con ASNEF se divide en tres categorías:
| Tipo de tarjeta | ¿Te dan crédito? | Riesgo real |
|---|---|---|
| Tarjetas prepago | No. Solo gastas el dinero que cargas previamente | Bajo. No generan deuda |
| Tarjetas revolving | Sí, pero con TAE del 20-29 % | Muy alto. Efecto bola de nieve |
| Ofertas fraudulentas | No. Cobran comisiones por adelantado y no entregan nada | Estafa. Pierdes dinero |
Las tarjetas prepago (como las de N26 o Revolut) no son tarjetas de crédito: funcionan cargando dinero previamente y no consultan ASNEF. Son útiles para el día a día, pero no solucionan tu problema de falta de liquidez.
Las tarjetas revolving son las que realmente se ofrecen a personas en ASNEF o con historiales crediticios complicados. Y aquí es donde empieza el problema.
El peligro de las tarjetas revolving cuando ya estás en ASNEF
Lo que vemos en la práctica es un patrón que se repite: una persona ya sobreendeudada contrata una tarjeta revolving porque es el único crédito que le aprueban. Paga cuotas pequeñas cada mes, pero los intereses hacen que la deuda apenas baje —o incluso aumente—. Al final acaba con una deuda más en lugar de una solución.
Ojo con esto
El Tribunal Supremo ha explicado que el peligro de las tarjetas revolving está en el efecto «bola de nieve»: el crédito se repone automáticamente, los intereses son altísimos (20-29 % TAE), las cuotas son bajas y, si no pagas, los intereses se capitalizan (anatocismo). El resultado es una deuda que crece en lugar de reducirse.
Si ya estás en ASNEF por impago, añadir una tarjeta revolving a tu situación financiera es como echar gasolina al fuego.
Lo mismo ocurre con los minicréditos o microcréditos que se ofrecen a personas en ASNEF: importes pequeños (50-300 €) con intereses que pueden superar el 1.000 % TAE y plazos de 30 días. Si no puedes devolver el minicrédito a tiempo, los intereses y comisiones de impago se acumulan rápidamente. Empresas como Vivus o Moneyman han sido repetidamente cuestionadas por sus prácticas.
Un matiz importante: si la tarjeta revolving que ya tienes o que te ofrecen aplica una TAE que supera en más de 6 puntos el tipo medio publicado por el Banco de España para crédito revolving, el contrato puede declararse usurario y nulo, y la entidad tendría que devolverte todo lo pagado por encima del capital prestado.
Cómo salir de ASNEF: las vías legales que funcionan
En lugar de buscar más crédito estando en ASNEF, la solución real pasa por salir del fichero. Hay varias formas de conseguirlo:
1. Pagar la deuda
Si pagas o llegas a un acuerdo de pago con el acreedor, este tiene la obligación de notificar la cancelación a ASNEF. El fichero debe eliminarte en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que se comunica el pago. Si no lo hacen, puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
2. Esperar a que caduque el dato
Los datos en ASNEF se eliminan automáticamente a los 5 años desde la fecha de vencimiento de la obligación (art. 20.4 LOPDGDD). Ojo: esto no significa que la deuda desaparezca —solo se borra del fichero—. El acreedor puede seguir reclamándote el pago si la deuda no ha prescrito.
3. Reclamar una inclusión indebida
Si la inclusión no cumple los requisitos del art. 20 LOPDGDD (no hubo requerimiento previo, la deuda es inferior a 50 €, la deuda no es cierta o está prescrita), puedes exigir la cancelación inmediata. Además, el Tribunal Supremo (sentencia 359/2026) ha confirmado que la inclusión indebida en ASNEF vulnera el derecho al honor y genera derecho a indemnización, con cuantías que suelen oscilar entre 3.000 y 6.000 €.
4. Cancelar la deuda con la Ley de Segunda Oportunidad
Si la deuda que te metió en ASNEF es demasiado grande para pagarla, la LSO permite cancelarla judicialmente. Una vez cancelada, no hay deuda → no hay motivo para estar en el fichero → te eliminan.
¿Estás en ASNEF y no puedes pagar la deuda?
Estudiamos tu caso gratis. Te decimos si la inclusión es correcta, si puedes reclamar, o si la Ley de Segunda Oportunidad puede cancelar tu deuda.
O llámanos: 964 53 17 76
La Ley de Segunda Oportunidad para cancelar deudas y salir de ASNEF
La pregunta que nos hacen siempre: «Si debo dinero a varios sitios, estoy en ASNEF y no me llega para pagar, ¿qué puedo hacer?» La respuesta, desde la reforma de la Ley Concursal en 2022, es clara: la Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar legalmente tus deudas si eres persona física (particular o autónomo) y actúas de buena fe.
¿Qué significa esto para alguien en ASNEF?
Lo que consigues con la LSO
Cancelación de deudas: El juez declara la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI). Las deudas con tarjetas de crédito, préstamos personales, minicréditos y deudas con financieras se cancelan íntegramente.
Eliminación de ASNEF: Al cancelarse la deuda, desaparece el motivo de la inclusión. El acreedor debe comunicar la baja al fichero.
Fin de los embargos: Si tenías embargos de nómina o de cuentas, se levantan con la resolución judicial.
Para acceder a la LSO necesitas cumplir los requisitos de buena fe del artículo 487 del Texto Refundido de la Ley Concursal: no haber sido condenado por delitos económicos en los 10 años anteriores, haber intentado un acuerdo extrajudicial con tus acreedores, y no haber obtenido la exoneración en los 5 años previos. Puedes consultar todos los detalles en nuestra guía sobre cómo declararse insolvente.
En nuestro despacho hemos tramitado casos de personas con múltiples deudas en ASNEF —tarjetas revolving, minicréditos, préstamos al consumo— que, tras el procedimiento de Segunda Oportunidad, quedaron libres de todas esas deudas y salieron del fichero de morosos.
¿Te han incluido en ASNEF de forma indebida? Puedes reclamar
No todas las inclusiones en ASNEF son legales. En nuestro despacho vemos con frecuencia estos casos de inclusión indebida:
Deuda ya pagada. Pagaste pero el acreedor no notificó la cancelación al fichero. Ocurre especialmente con telecos y compañías de suministros.
Deuda prescrita. La deuda venció hace más de 5 años y sigue figurando en ASNEF. El dato debería haberse eliminado automáticamente.
Sin requerimiento previo. Te incluyeron sin avisarte de que lo iban a hacer. El art. 20 LOPDGDD exige que el acreedor te informe antes de la inclusión.
Deuda discutida. Hay una reclamación o litigio pendiente sobre la deuda. Si la deuda no es pacífica, no debería figurar en ASNEF.
Lo que dice la ley
El Tribunal Supremo (STS 359/2026) ha confirmado que incluir a alguien en ASNEF sin acreditar la existencia de la deuda vulnera el derecho al honor (art. 18 CE). Las indemnizaciones por inclusión indebida suelen oscilar entre 3.000 y 6.000 €, dependiendo del tiempo que hayas estado incluido y del perjuicio acreditado.
Preguntas frecuentes
¿Existen tarjetas de crédito para personas en ASNEF?
Prácticamente ningún banco tradicional concede tarjetas de crédito a personas incluidas en ASNEF. Lo que se comercializa como «tarjetas con ASNEF» suelen ser tarjetas prepago (que no dan crédito) o tarjetas revolving con intereses muy elevados (20-29 % TAE). Estas últimas pueden agravar tu situación de sobreendeudamiento.
¿Cuánto tiempo permanecen mis datos en ASNEF?
Un máximo de 5 años desde la fecha de vencimiento de la deuda, según el artículo 20.4 de la LOPDGDD. Si pagas la deuda antes, el acreedor debe notificar la cancelación y ASNEF tiene 10 días hábiles para eliminarte. Si no lo hacen, puedes reclamar ante la AEPD.
¿Puedo reclamar si me incluyeron en ASNEF sin avisarme?
Sí. La ley exige un requerimiento previo de pago informándote de la posible inclusión. Si no lo recibiste, la inclusión es indebida y puedes exigir tu eliminación inmediata. Además, el Tribunal Supremo reconoce el derecho a indemnización por vulneración del derecho al honor, con cuantías habituales de 3.000 a 6.000 €.
¿La Ley de Segunda Oportunidad me saca de ASNEF?
Sí. La LSO cancela las deudas mediante resolución judicial (exoneración del pasivo insatisfecho). Una vez cancelada la deuda, desaparece el motivo de la inclusión en ASNEF y el acreedor debe comunicar la baja. Es la vía más efectiva para quien tiene múltiples deudas y no puede pagarlas.
¿Es seguro contratar minicréditos o tarjetas revolving estando en ASNEF?
No es recomendable. Los minicréditos para personas en ASNEF suelen tener TAE superiores al 1.000 %, y las tarjetas revolving aplican intereses del 20-29 %. Ambos productos agravan el sobreendeudamiento. El Tribunal Supremo ha declarado usurarios contratos revolving con TAE que superen en más de 6 puntos el tipo medio publicado por el Banco de España.
Sal de ASNEF cancelando tus deudas legalmente
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Fuentes: Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (art. 20). Texto Refundido de la Ley Concursal (RD Legislativo 1/2020). Ley de Represión de la Usura (Ley Azcárate, 1908). Doctrina del Tribunal Supremo sobre tarjetas revolving (STS 149/2020, STS 258/2023). STS 359/2026 (inclusión indebida en ASNEF y derecho al honor). Datos actualizados a abril de 2026.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Si necesitas orientación sobre tu caso concreto, contacta con nuestro despacho para una consulta gratuita.