Abogado concursal en Castellón.
Cuando la empresa no puede pagar, el peor plan es esperar. La ley concursal ofrece salidas distintas según el momento, y casi todas funcionan mejor cuanto antes se activan. Llevamos desde 1988 acompañando a empresas y administradores de Castellón en esta decisión.
El plazo son dos meses. Desde que conociste o debiste conocer la insolvencia tienes dos meses para solicitar el concurso. Incumplirlo puede acabar en concurso culpable y en responsabilidad personal del administrador.
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Analizamos el estado real de la empresa y te decimos qué vía encaja y cuánto margen queda. Primera consulta gratuita y confidencial.
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En corto: qué es el concurso y cuándo hay que pedirlo
El concurso de acreedores es el procedimiento judicial que ordena la situación de una empresa o persona que no puede pagar regularmente sus obligaciones. Sirve para reestructurar la deuda y continuar, o para liquidar de forma ordenada si el negocio ya no es viable. La Ley Concursal impone al deudor solicitarlo dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que conoció o debió conocer su insolvencia. Antes de llegar ahí existe el preconcurso, que permite negociar con los acreedores mientras se frenan las ejecuciones. Y si eres persona física, la salida suele ser la Ley de Segunda Oportunidad.
Por qué esperar sale caro.
La reacción natural de casi todo empresario es aguantar: refinanciar por su cuenta, aplazar pagos, poner dinero propio. Es comprensible, pero cada mes que pasa reduce las opciones y aumenta el riesgo personal.
El motivo es que la ley no solo mira si la empresa podía pagar, sino cuándo supo el administrador que no podía y qué hizo entonces. Esa es la diferencia entre un concurso fortuito, que cierra el capítulo, y un concurso culpable, que puede alcanzar al patrimonio personal.
Lo que vemos en la práctica es que quien llega a tiempo elige entre varias vías, y quien llega tarde ya solo puede defenderse. Por eso la primera consulta importa tanto: no para presentar nada de inmediato, sino para saber en qué punto estás y qué reloj corre.
Si además hay deudas con la administración, conviene revisarlas aparte: tienen reglas propias en materia de Hacienda y Seguridad Social.
Concurso culpable
Si el retraso o la gestión agravaron la insolvencia, el concurso puede calificarse como culpable en una pieza específica del procedimiento.
Responsabilidad por el déficit
El administrador puede ser condenado a cubrir, total o parcialmente, lo que no alcance a pagarse a los acreedores.
Inhabilitación
La sentencia de calificación puede inhabilitar para administrar bienes ajenos y representar a otras personas durante el periodo que fije.
Pérdida del control
Si el concurso lo pide un acreedor y no tú, el juez puede sustituir a los administradores por la administración concursal.
Se cierran las salidas
El preconcurso y los planes de reestructuración exigen que quede algo que reestructurar. Agotada la caja, solo queda liquidar.
No todo es «entrar en concurso»
La reforma de 2022 cambió el mapa. Hoy hay varias vías, y la que encaja depende del tamaño de la empresa, de si es viable y del momento en que se pide ayuda.
| Vía | Para quién | En qué consiste |
|---|---|---|
| Preconcurso | Empresa con problemas pero con negocio | Se comunica al juzgado la apertura de negociaciones. Suspende el deber de solicitar el concurso y permite frenar ejecuciones mientras se negocia con los acreedores. |
| Plan de reestructuración | Empresa viable con deuda insostenible | Sustituye a los antiguos acuerdos de refinanciación. Permite reordenar la deuda y, cumplidos ciertos requisitos, imponerlo a acreedores disidentes con homologación judicial. |
| Concurso con continuidad | Empresa que puede seguir operando | El negocio sigue funcionando bajo supervisión mientras se ordena la deuda. Cabe la venta de la unidad productiva para que la actividad y el empleo continúen con otro titular. |
| Concurso con liquidación | Empresa sin recorrido | Se realizan los bienes y se paga a los acreedores según el orden legal. Cerrar por esta vía protege al administrador mucho mejor que desaparecer sin más. |
| Procedimiento especial de microempresas | La mayoría del tejido empresarial | En vigor desde enero de 2023, es un procedimiento simplificado y electrónico para empresas muy pequeñas, con plan de continuación o liquidación. Los umbrales concretos hay que comprobarlos caso por caso. |
| Segunda Oportunidad | Personas físicas y autónomos | Si el deudor es persona física, el objetivo es la exoneración del pasivo insatisfecho. Lo explicamos en la página de Segunda Oportunidad y en la guía para autónomos. |
Antes de decidir nada, conviene saber cuál de estas vías sigue abierta en tu caso.
Que estudien mi casoCómo transcurre un concurso
Conviene saber qué va a pasar y en qué orden, sobre todo porque la última fase es la que más afecta al administrador.
Solicitud y declaración
La solicitud la presenta el deudor, y entonces es concurso voluntario, o un acreedor, y entonces es necesario. El juez dicta auto declarando el concurso y nombra administración concursal.
Fase común
Se elabora el inventario de bienes y la lista de acreedores. Cada acreedor comunica su crédito y se clasifica según su rango: privilegiado, ordinario o subordinado.
Aquí se discute mucho dinero. Una clasificación errónea de un crédito puede cambiar el resultado de todo el procedimiento.
Convenio o liquidación
O se aprueba un convenio con quitas y esperas que permite seguir, o se abre la liquidación y se realizan los bienes para pagar según el orden legal.
En liquidación cabe vender la unidad productiva completa, lo que a veces salva la actividad y el empleo aunque la sociedad desaparezca.
Calificación
La pieza que decide si el concurso fue fortuito o culpable. Se examina la conducta del administrador en los años anteriores: si retrasó la solicitud, si la contabilidad era correcta, si hubo salidas de patrimonio.
De aquí sale, en su caso, la inhabilitación y la condena a cubrir el déficit. Es donde se juega el patrimonio personal.
Cuanto antes, más opciones.
Una conversación no compromete a nada y sirve para saber si todavía se puede salvar el negocio o si toca cerrar bien. Las dos respuestas son útiles.
Concurso o Segunda Oportunidad
Se confunden a menudo porque comparten ley, pero no son lo mismo ni persiguen el mismo objetivo.
Concurso de acreedores
El objetivo es ordenar la deuda de la empresa: reestructurarla si el negocio es viable, o liquidarla de forma ordenada si no lo es.
- La sociedad responde con su patrimonio
- El administrador puede responder si el concurso es culpable
- Cabe convenio, venta de unidad productiva o liquidación
- Existe procedimiento simplificado para las empresas más pequeñas
Ley de Segunda Oportunidad
El objetivo es que la persona quede libre de las deudas que no puede pagar y pueda empezar de nuevo.
- Se dirige a personas físicas, con o sin actividad
- Busca la exoneración del pasivo insatisfecho
- Paraliza embargos una vez admitida la solicitud
- El crédito público se exonera con límites
Cuándo el concurso ayuda y cuándo no
No es la solución para todo. A veces lo que toca es negociar, y a veces lo que toca es cerrar cuanto antes.
El concurso suele ayudar
Conviene valorar otras vías
Lo que nos preguntáis siempre
¿Voy a responder con mi patrimonio personal?
Por regla general la sociedad responde con su propio patrimonio, y el administrador no. Eso cambia si el concurso se califica como culpable, porque entonces cabe condenar al administrador a cubrir total o parcialmente el déficit. También responde quien haya avalado personalmente préstamos de la empresa, que es lo más frecuente en las pymes. Revisar esos avales es de las primeras cosas que hacemos.
¿Cuándo se considera que hay insolvencia?
Cuando el deudor no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles. No es lo mismo que tener pérdidas ni que tener más deuda que activo: el criterio es la imposibilidad de ir pagando. También existe la insolvencia inminente, cuando se prevé que en unos meses no se podrá pagar, y ahí la ley permite anticiparse voluntariamente.
¿Puedo seguir operando durante el concurso?
Sí, la continuidad de la actividad es la regla general. En el concurso voluntario el deudor suele conservar la gestión bajo la intervención de la administración concursal, que autoriza determinadas operaciones. Si el concurso es necesario, es más probable que se sustituya a los administradores.
¿Qué pasa con los trabajadores?
Los contratos siguen vigentes tras la declaración. Si la viabilidad exige reducir plantilla, existe un procedimiento laboral específico dentro del concurso que tramita el juez del concurso. Los salarios de los últimos meses tienen preferencia de cobro y, dentro de ciertos límites, interviene el Fondo de Garantía Salarial.
Un acreedor ha solicitado mi concurso. ¿Qué hago?
Actuar rápido, porque hay plazo para oponerse y las consecuencias no son las mismas. En el concurso necesario es más probable que el juez sustituya a los administradores y, además, la solicitud tardía por parte del deudor pesa después en la calificación. Si te ha llegado una notificación del juzgado, tráela cuanto antes.
¿Se pueden cancelar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social?
El crédito público tiene un tratamiento propio y más restrictivo. En el caso de personas físicas que buscan la exoneración, la ley permite cancelarlo solo hasta ciertos límites. Lo detallamos en las guías sobre deudas con Hacienda y deudas con la Seguridad Social.
¿Cuánto dura un concurso?
Depende mucho del tamaño y de la carga del juzgado de lo mercantil. Un concurso pequeño con liquidación puede resolverse en menos de un año; uno con convenio, impugnaciones o pieza de calificación se alarga bastante más. El procedimiento especial para microempresas se diseñó precisamente para acortar plazos.
Soy autónomo, sin sociedad. ¿Esto me sirve?
Tu caso encaja mejor en la Ley de Segunda Oportunidad, porque el objetivo no es reordenar una empresa sino liberarte a ti de las deudas. Tenemos una guía específica para autónomos. Aun así, si tienes actividad con trabajadores y proveedores, conviene analizar ambas vías juntas.
¿Qué hace exactamente la administración concursal?
Es el profesional que nombra el juez para supervisar el concurso: elabora el inventario y la lista de acreedores, informa sobre el convenio o la liquidación y se pronuncia sobre la calificación. No es tu abogado, y esa distinción es importante: defiende el interés del concurso, no el tuyo. Lo explicamos con detalle en nuestra guía sobre el administrador concursal.
Antes de poner más dinero propio.
Muchos empresarios llegan después de agotar sus ahorros para sostener la empresa. Si hubiéramos hablado antes, la conversación habría sido otra. Todavía estás a tiempo de tenerla.
Fuentes oficiales
- Real Decreto Legislativo 1/2020, texto refundido de la Ley Concursal — deber de solicitar el concurso, procedimiento y calificación (BOE)
- Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal — planes de reestructuración y procedimiento especial para microempresas (BOE)
- Directiva (UE) 2019/1023, sobre reestructuración e insolvencia — norma europea que transpone la reforma (EUR-Lex)
- Tribunal Supremo, Sala Primera — jurisprudencia sobre calificación del concurso y responsabilidad de administradores (CGPJ)
- Registro Público Concursal — publicidad de los procedimientos concursales (Ministerio de Justicia)
Actualizado en septiembre de 2026, con la reforma de la Ley 16/2022 y el procedimiento especial para microempresas vigente desde enero de 2023.
Esta página tiene finalidad informativa y no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto. La vía adecuada depende del estado real de la empresa, de su pasivo y del momento en que se plantea.