InvestCapital: cómo contactar sin reactivar la deuda

Segunda Oportunidad Publicado el 17 Ene. 2024 · Actualizado el 11 Sep. 2026

Si has llegado aquí buscando un teléfono o un correo al que escribir, conviene que leas antes esto: lo que digas al contactar puede importar más que el hecho de contactar. Una frase aparentemente inocua en una llamada, o un pago pequeño para quitarte el asunto de encima, reinicia el plazo de prescripción y puede echar abajo la mejor defensa que tenías. Lo dice el artículo 1973 del Código Civil.

Respuesta rápida

La prescripción se interrumpe de tres formas: por demanda judicial, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto tuyo de reconocimiento de la deuda. Es decir, sus cartas cuentan y tus respuestas también. Contacta siempre por escrito, pide documentación y no admitas deber nada mientras no lo hayas comprobado.

Datos clave

  • ■Art. 1973 CC: tres formas de interrumpir la prescripción, y dos dependen de lo que se comunique
  • ■Art. 1964.2 CC: cinco años para las acciones personales sin plazo especial, desde que puede exigirse el cumplimiento
  • ■Reconocer no es solo decir «lo debo»: un pago parcial o un plan de pagos también lo es
  • ■Pedir documentación no reconoce nada: puedes exigir sin admitir
  • ■De una llamada no queda constancia; de un escrito con acuse, sí, y en ambos sentidos
  • ■Art. 1975 CC: si alguien te avaló, la reclamación extrajudicial no le perjudica a él

Dónde están sus datos de contacto

Empecemos por lo práctico. Este es el sitio de un despacho de abogados, no el de la entidad, y no publicamos datos de contacto de terceros. Sus datos oficiales están en dos sitios y son los únicos fiables: las cartas y comunicaciones que ellos mismos te envían, y su información de privacidad, que debe identificar al responsable del tratamiento y su dirección. Esa dirección es, además, la adecuada para cualquier comunicación formal.

Una advertencia que no sobra: no busques el número en foros ni en listados. Es un terreno donde proliferan las suplantaciones, precisamente porque mucha gente busca a la desesperada un teléfono al que llamar. Si alguien te da un número y una cuenta que no coinciden con los de las cartas que has recibido, no estás hablando con quien crees.

El reloj que nadie te menciona

Aquí está la razón de ser de esta página. Toda deuda tiene un plazo, y ese plazo se puede reiniciar. El Código Civil enumera exactamente cómo:

Lo que dice la ley

«La prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor.»

Artículo 1973 del Código Civil

Léelo despacio, porque hay tres vías y dos de ellas se activan simplemente comunicándose. La primera es la demanda. La segunda, la reclamación extrajudicial del acreedor: sus burofaxes y requerimientos cuentan, y por eso los envían. Y la tercera es la que debería preocuparte, porque depende enteramente de ti: cualquier acto de reconocimiento de la deuda.

Qué haces ¿Reinicia el plazo?
Pedir por escrito el contrato y el desglose del importe No
Ejercer tus derechos de protección de datos No
Discutir que el importe está mal calculado Cuidado: negociar la cifra puede implicar admitir la deuda
Hacer un pago, aunque sea de unos pocos euros Sí
Firmar un acuerdo de pago o una quita Sí
Decir por teléfono que sí, que la debes, pero que no puedes pagar Sí

La última fila es la que más daño hace, y es la frase más natural del mundo. Alguien llama, tú explicas con toda tu buena fe que reconoces la deuda pero que estás sin trabajo, y acabas de reiniciar un cómputo que quizá estaba a punto de cumplirse. El plazo general de las acciones personales sin plazo especial es de cinco años desde que puede exigirse el cumplimiento, y el detalle de cómo se cuenta está en la guía sobre la prescripción de deudas.

Lo que no conviene decir

Nada de esto va de mentir ni de escaquearse: va de no admitir lo que todavía no has comprobado. Mientras no tengas delante el contrato y el desglose, no sabes si la cifra es correcta, si incluye comisiones improcedentes o si el plazo se agotó. Admitirlo antes de saberlo no es honestidad, es precipitación.

Frases que reconocen la deuda sin querer:

«Sí, es mía, pero ahora no puedo» · «¿Me lo podéis dejar en plazos?» · «Os pago 20 euros este mes y el resto cuando pueda» · «Ya sé que lo debo desde hace años» · «¿Cuánto me quitáis si pago ahora?»

La alternativa no es colgar ni desaparecer —desaparecer sale mal, porque si acaban demandándote y no te enteras, el procedimiento sigue sin ti—. La alternativa es decir una sola cosa: «remitidme por escrito el contrato y el desglose y os contestaré». Eso no admite nada, es perfectamente legítimo y traslada la pelota a su tejado.

Lo que sí conviene escribir

  1. 1

    Identifícate y cita su referencia

    Tu nombre, tu documento y el número de expediente de sus cartas. Sin eso no pueden tramitar nada y ganas tiempo para nada.

  2. 2

    Formula la petición sin admitir la deuda

    «Sin reconocer la deuda que se me reclama, solicito que se me remita…». Esa fórmula existe precisamente para esto.

  3. 3

    Pide tres cosas concretas

    El contrato de origen, el desglose del importe entre principal, intereses y comisiones, y la acreditación de que el crédito les fue cedido.

  4. 4

    Exige que toda comunicación sea escrita

    Protege tu posición y reduce las llamadas. Cómo reforzarlo con los derechos de protección de datos está en esta guía.

  5. 5

    Envíalo con constancia y guárdalo todo

    Un medio que acredite qué enviaste, cuándo y a quién. Guarda también sus cartas: las fechas de sus reclamaciones son un dato que juega en tu análisis.

¿Prefieres que escribamos nosotros?

Redactamos el requerimiento sin que reconozcas nada, calculamos las fechas y te decimos si la deuda sigue siendo exigible. La primera consulta es gratuita.

Que revisen mi caso

O llámanos: 964 53 17 76

Si alguien te avaló

Este detalle importa mucho a quien tiene a un familiar como fiador, y casi nunca se cuenta. El Código Civil distingue según cómo se haya interrumpido el plazo:

Lo que dice la ley

«La interrupción de la prescripción contra el deudor principal por reclamación judicial de la deuda, surte efecto también contra su fiador; pero no perjudicará a éste la que se produzca por reclamaciones extrajudiciales del acreedor o reconocimientos privados del deudor.»

Artículo 1975 del Código Civil

La distinción es limpia: la demanda alcanza también al fiador, pero el burofax y tu reconocimiento privado, no. Si tu padre o tu hermano avalaron el préstamo, los años de cartas que has ido recibiendo no han corrido el reloj frente a ellos. Es un dato que conviene tener presente antes de firmar nada, porque un acuerdo tuyo puede cambiar tu situación sin cambiar la suya.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el teléfono o el correo de InvestCapital?

No publicamos datos de contacto de terceros: esto es un despacho de abogados, no la entidad. Sus datos oficiales están en sus propias cartas y en su información de privacidad, que debe identificar al responsable del tratamiento y su dirección. Desconfía de números encontrados en foros: las suplantaciones en este terreno son frecuentes.

¿Si les escribo, reconozco la deuda?

Depende enteramente de lo que escribas. Pedir documentación no reconoce nada; admitir que debes, proponer un plan de pagos o hacer un ingreso, sí. Por eso conviene incluir expresamente la fórmula «sin reconocer la deuda que se me reclama».

¿Es mejor no contestar nada?

No. El silencio no detiene sus reclamaciones ni impide que te demanden, y si llega una notificación judicial y no reaccionas, el procedimiento avanza sin ti. Lo que conviene no es callar, sino elegir bien las palabras y que quede constancia.

Me ofrecen una quita importante si pago hoy

La urgencia es en sí misma una señal. Aceptar una quita es un acto de reconocimiento: si la deuda estaba prescrita, firmarla la devuelve a la vida. Un descuento puede ser perfectamente razonable, pero después de comprobar las fechas, no antes. Lo que se firma al aceptar una quita está explicado en esta guía sobre acuerdos.

Sus cartas llevan años llegando. ¿La deuda sigue viva?

Cada reclamación extrajudicial del acreedor interrumpe el plazo, así que una tanda continuada de burofaxes puede haberlo mantenido vivo. Pero no todo lo que parece una reclamación lo es a estos efectos, y las fechas y la acreditación de cada envío importan. Es un cálculo que hay que hacer con los documentos delante, no de memoria.

¿Y si la deuda no es mía?

Dilo por escrito, con claridad y desde el principio, y pide el contrato de origen con tu firma. Los errores de identidad existen, sobre todo con nombres comunes, y se resuelven antes cuanto antes se plantean.

Antes de contestarles, mira las fechas

Primera consulta sin coste. Calculamos los plazos, revisamos qué reclamaciones los han interrumpido y redactamos el escrito. Si la deuda se sostiene, te lo diremos con esas palabras.

Consulta gratuita

Juan Serrano Abogados · Desde 1988 · Vila-real y Castellón · Servicio en toda España

Fuentes oficiales consultadas

Última actualización: septiembre de 2026 — Reescrito en torno a los efectos jurídicos de la comunicación con el acreedor, con los artículos 1973, 1964 y 1975 del Código Civil.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. No imputa conducta irregular alguna a las entidades mencionadas ni reproduce sus datos de contacto. Si una deuda está o no prescrita depende de fechas y documentos concretos y no puede determinarse en abstracto. Si te reclaman una deuda, contacta con nuestro despacho.

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