Delitos contra la seguridad vial

Derecho Penal Publicado el 22 Mar. 2023 · Actualizado el 10 Sep. 2026

Los delitos contra la seguridad vial son las conductas al volante que el Código Penal castiga en sus artículos 379 a 385, y comparten un rasgo que sorprende a quien los sufre por primera vez: no hace falta que haya accidente ni víctimas, porque lo que se castiga es el riesgo creado. Casi todos llevan aparejada, además de multa o prisión, la privación del permiso de conducir, que en los tipos más graves alcanza los diez años.

Respuesta rápida

Son delito conducir con más de 0,60 mg/l de alcohol en aire espirado, superar el límite de velocidad en más de 60 km/h en ciudad u 80 en carretera, la conducción temeraria, negarse a las pruebas, conducir sin permiso y huir del lugar de un accidente grave. Las penas van de la multa a cinco años de prisión, y la retirada del carné es prácticamente automática.

Datos clave

  • Tasa penal de alcohol: más de 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre (art. 379.2 CP)
  • Velocidad penalmente relevante: +60 km/h en vía urbana o +80 km/h en interurbana (art. 379.1 CP)
  • Pena más grave: 2 a 5 años de prisión por conducir con manifiesto desprecio por la vida (art. 381 CP)
  • Negarse a soplar: 6 meses a 1 año de prisión, sin alternativa de multa (art. 383 CP)
  • Privación del permiso: desde más de 1 año hasta 10, según el tipo delictivo
  • Procedimiento: juicio rápido, con pocos días entre la denuncia y la vista

Qué son los delitos contra la seguridad vial

Son los tipos penales que castigan conducir creando un peligro para la colectividad, y están recogidos en el capítulo IV del título XVII del Código Penal. La clave para entenderlos es que protegen la seguridad del tráfico en general, no a una víctima concreta: por eso se puede condenar aunque no ocurriera absolutamente nada.

Esa es la diferencia con una sanción de tráfico. La multa administrativa castiga incumplir una norma de circulación; el delito exige que la conducta alcance un umbral de peligro que el legislador considera intolerable. Por eso hay cifras concretas, como la tasa de alcohol o el exceso de velocidad, que marcan la frontera de forma automática.

Ojo con esto

Estos asuntos se tramitan por juicio rápido, así que entre la denuncia y la vista pueden pasar muy pocos días. Si aceptas la conformidad que ofrece la fiscalía sin haber estudiado el atestado, la condena queda firme con lo que se haya pactado ese día.

Las penas exactas de cada delito de tráfico

Esto es lo que dice el Código Penal para cada conducta. Dentro de cada horquilla influyen las circunstancias del caso, los antecedentes y el resultado de la negociación con la fiscalía.

Artículo Conducta Pena
379.1 Exceso de velocidad+60 km/h en urbana o +80 en interurbana Prisión 3-6 meses, o multa 6-12 meses, o trabajos 31-90 días. Y en todo caso, privación del permiso más de 1 año y hasta 4.
379.2 Alcohol o drogasMás de 0,60 mg/l en aire o 1,2 g/l en sangre Las mismas penas que el apartado anterior.
380 Conducción temerariaCon peligro concreto para la vida o integridad Prisión 6 meses-2 años y privación del permiso más de 1 año y hasta 6.
381 Desprecio por la vidaLa conducta anterior con manifiesto desprecio Prisión 2-5 años, multa 12-24 meses y privación del permiso 6-10 años.
382 Con resultado lesivoRegla de concurso: no se suman las penas Solo la infracción más grave, en su mitad superior, más la responsabilidad civil.
382 bis Fuga del accidenteCon fallecidos o lesiones graves Si el origen fue imprudente, prisión 6 meses-4 años y privación 1-4 años. Si fue fortuito, prisión 3-6 meses y privación 6 meses-2 años.
383 Negativa a las pruebasNegarse a soplar requerido por un agente Prisión 6 meses-1 año y privación del permiso más de 1 año y hasta 4.
384 Conducir sin permisoSin puntos o estando privado del permiso Prisión 3-6 meses, o multa 12-24 meses, o trabajos 31-90 días.
385 Grave riesgo para la circulaciónObstáculos, sustancias o alterar la señalización Prisión 6 meses-2 años, o multa 12-24 meses y trabajos 10-40 días.

Por qué las multas se cuentan en meses

Se aplican por el sistema de días-multa: el juez fija una cuota diaria según tu capacidad económica y la multiplica por los días. Dos personas condenadas por lo mismo pueden pagar cantidades muy distintas, así que acreditar bien tu situación económica sí influye en el importe final.

Alcohol, drogas y negativa a las pruebas

Es el supuesto más frecuente con diferencia. Basta con superar la tasa para que haya delito, con independencia de cómo condujeras: no hace falta que zigzaguearas ni que te saltaras un semáforo. Por debajo de ese límite todavía cabe la acusación si se acredita que el alcohol afectaba realmente a tu capacidad de conducir, y entonces el atestado y los síntomas que describan los agentes lo son todo.

Lo desarrollamos en detalle, con lo que se puede discutir sobre el etilómetro y su calibración, en nuestra guía sobre el delito de alcoholemia.

Negarse no es la salida

Mucha gente cree que negarse a soplar evita el problema, y ocurre lo contrario: el artículo 383 solo prevé prisión, de seis meses a un año, sin la alternativa de multa o trabajos que sí admite el positivo. Además, negarse no impide que se acredite la influencia del alcohol por otros medios.

Conducción temeraria y desprecio por la vida

La conducción temeraria del artículo 380 exige dos cosas, no una: temeridad manifiesta y que se haya puesto en concreto peligro la vida o la integridad de personas determinadas. Esa segunda exigencia es la que más se discute en los juzgados, porque muchas acusaciones describen con detalle la maniobra pero no acreditan a quién se puso en peligro.

El artículo 381 es el escalón siguiente y el más grave del capítulo: la misma conducta realizada con manifiesto desprecio por la vida de los demás. Aquí las penas se disparan hasta los cinco años de prisión y diez de privación del permiso, y el ingreso en prisión deja de ser una hipótesis remota.

Conducir sin permiso y huir del accidente

El artículo 384 castiga a quien conduce tras haber perdido todos los puntos o estando privado del permiso, cautelar o definitivamente. Es el delito en el que se cae después de otro: alguien condenado por alcoholemia que sigue cogiendo el coche convierte un asunto encauzado en uno mucho más serio. Lo vemos con más frecuencia de la que nos gustaría.

El abandono del lugar del accidente del artículo 382 bis tiene un matiz que conviene conocer: castiga marcharse aunque el accidente no fuera culpa tuya. Si el origen fue fortuito la pena es menor, pero sigue siendo delito. Lo que la ley exige es que el abandono sea voluntario y que no concurriera riesgo propio o de terceros, y solo se aplica cuando hubo fallecidos o lesiones de cierta gravedad.

¿Ya tienes citación del juzgado?

En juicio rápido el margen es de días. Cuéntanos qué te imputan y te decimos qué pena cabe esperar y dónde hay recorrido real.

Consulta gratuita

O llámanos: 964 53 17 76

Qué pasa si hubo heridos o fallecidos

Cuando además del riesgo se causa un resultado lesivo, el artículo 382 impone una regla que suele malinterpretarse: no se suman las penas de los dos delitos. Se aprecia solo la infracción más gravemente penada, aplicándola en su mitad superior, y se condena en todo caso a reparar el daño causado.

Lo que dice la ley

El artículo 382 del Código Penal dispone que cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasione, además del riesgo, «un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que se hubiera originado».

A partir de ahí entra la aseguradora. Responde frente a los perjudicados, pero después puede repetir contra el conductor lo que haya pagado cuando el siniestro se produjo bajo los efectos del alcohol o las drogas. Es una consecuencia económica que llega meses más tarde y que conviene prever desde el primer día.

Qué se revisa en la defensa

Un atestado no es una sentencia. Antes de recomendar conformidad o juicio, hay tres cosas que se examinan en todo expediente.

  1. 1

    La calificación del tipo

    No es lo mismo que te acusen por el artículo 379 que por el 380. A veces la calificación inicial es más gravosa de lo que sostienen los hechos, y rebajarla cambia la pena más que cualquier alegato.

  2. 2

    La prueba

    En alcohol, la verificación del etilómetro, el intervalo entre mediciones y la información de derechos. En temeridad, si consta el peligro concreto. En el artículo 384, si la pérdida de vigencia del permiso llegó a notificarse realmente.

  3. 3

    La estrategia

    En la mayoría de estos asuntos lo razonable es negociar bien la conformidad, no ir a juicio. Negociar bien significa influir en la pena elegida y en la duración de la privación del permiso, que es lo que de verdad te afectará los próximos años.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta que haya accidente para que sea delito?

No. Estos delitos castigan el riesgo creado, no el daño producido. Se puede condenar a alguien por conducir con una tasa superior a la penal aunque no ocurriera nada. Si además hay heridos o fallecidos, se aplica la regla del artículo 382 y aparece la responsabilidad civil.

¿Cuál es el delito de tráfico más grave?

De los delitos de riesgo, el del artículo 381: conducir con manifiesto desprecio por la vida de los demás, con prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del permiso de seis a diez años. Por encima quedan el homicidio y las lesiones imprudentes cuando hay víctimas.

¿Me van a quitar el carné en todos los casos?

En casi todos. Los artículos 379, 380, 381, 382 bis y 383 imponen la privación del derecho a conducir en todo caso, con duraciones desde más de un año hasta diez según el tipo. El artículo 384 es la excepción, porque castiga precisamente a quien ya conducía sin permiso.

¿Puedo evitar ir a prisión?

En los tipos que admiten multa o trabajos en beneficio de la comunidad, la prisión no es la única opción. Y cuando se impone una pena corta de prisión cabe suspender su ejecución si se cumplen los requisitos, algo habitual en personas sin antecedentes. En los tipos más graves, como el artículo 381, el escenario es distinto.

Me fui del lugar del accidente sin darme cuenta, ¿es delito?

El artículo 382 bis exige que el abandono sea voluntario, y solo se aplica cuando hubo fallecidos o lesiones de cierta gravedad. Si no fuiste consciente del accidente, ese elemento falla, y es precisamente lo que hay que acreditar. Con daños solo materiales, no encaja en este delito.

¿Necesito abogado si voy a conformarme igualmente?

La asistencia letrada es preceptiva, así que abogado vas a tener. La diferencia está en si llega al juzgado habiendo estudiado el expediente o si lo ve esa misma mañana. La conformidad se negocia: la pena concreta dentro de la horquilla y la duración de la privación del permiso se deciden ahí.

¿Dónde lleváis estos asuntos?

Principalmente en los juzgados de Castellón, Vila-real y Nules, y en el resto de la Comunitat Valenciana. Como el procedimiento se sigue en el juzgado del lugar de los hechos y exige presencia física, si el asunto queda lejos te lo diremos con franqueza y valoraremos si te conviene un despacho de esa zona.

Glosario rápido

Delito de riesgo
Aquel que se consuma por crear un peligro, sin necesidad de que llegue a producirse un daño. Todos los delitos contra la seguridad vial pertenecen a esta categoría.
Días-multa
Sistema de cálculo de las multas penales: el juez fija una cuota diaria según la capacidad económica del condenado y la multiplica por el número de días de la condena.
Trabajos en beneficio de la comunidad
Pena consistente en prestar cooperación no retribuida en actividades de utilidad pública. Requiere el consentimiento del condenado y sustituye a la prisión o a la multa en varios de estos delitos.
Conformidad
Acuerdo por el que el acusado reconoce los hechos y acepta la pena propuesta, con la reducción prevista legalmente. La sentencia se dicta en el acto y no cabe recurrir su contenido.
Peligro concreto
Riesgo real y verificable para personas determinadas, frente al peligro abstracto que basta en otros tipos. El artículo 380 lo exige para castigar la conducción temeraria.

Un error no te convierte en delincuente

La mayoría de estos asuntos los protagoniza gente sin antecedentes que tomó una mala decisión. Nuestro trabajo es que las consecuencias sean las que marca la ley y ni una más.

Que estudien mi caso gratis

Juan Serrano Abogados · Desde 1988 · Vila-real y Castellón

Fuentes oficiales consultadas

Última actualización: septiembre de 2026 — Revisadas todas las penas contra el texto consolidado vigente del Código Penal, incluidas las del artículo 382 bis sobre abandono del lugar del accidente.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. La pena concreta depende de las circunstancias del hecho, de los antecedentes y del desarrollo del procedimiento. Si te enfrentas a un procedimiento por un delito de tráfico, contacta con nuestro despacho para una consulta gratuita.

Hablemos de tu caso

¿Necesitas asesoramiento jurídico?

Cuéntanos tu situación. Analizamos tu caso sin compromiso y te decimos cómo podemos ayudarte.